El taekwondista Ángel Ismael Cativa (27) seguirá detenido por el homicidio del arquitecto Julio Rubén Scida (68) ocurrido en octubre en Yerba Buena. Ayer la Justicia rechazó el planteo de la defensa que pedía que el acusado espere el inicio del juicio en libertad, o bien, cumpliendo con prisión domiciliaria.
El hecho ocurrió el sábado 16 de octubre. Ese día Patricio Scida (19 años) llamó a su padre para que pasara a buscarlo de la esquina de Avenida Perón y Las Rosas, en “La Ciudad Jardín”.
El arquitecto llegó al lugar a bordo de una camioneta Volkswagen Amarok y se estacionó sobre la avenida. Según la acusación, su hijo cruzó la calle cuando tuvo la luz de paso pero en ese momento Cativa, que iba en una moto junto con su novia Samanta Escacena, dobló abruptamente en la esquina porque a 150 metros había un control y casi choca al peatón.
Patricio Scida insultó al motociclista, que detuvo el vehículo y regresó. Se increparon y pasaron de los insultos a los golpes. Según consta en la causa, el arquitecto bajó de la camioneta para defender a su hijo y allí se produjo una grave pelea.
Algunos testigos señalaron que en determinado momento, el profesional y su hijo quisieron dar por terminado el pleito, pero que Cativa -que estaba sujetado por un guardia de seguridad- se liberó y fue tras Julio Scida, a quien le pegó una patada en la cabeza que le generó serias lesiones.
El arquitecto estuvo internado hasta el 30 de octubre, día en el que falleció.
Cativa fue campeón nacional de taekwondo en 2007, 2008 y 2009; también se consagró en el panamericano de su disciplina. Tenía la categoría de segundo dan.
Para el fiscal de Homicidios II, Carlos Sale, quien investiga el caso, el deportista sabía del daño que podía causar al usar su conocimiento en artes marciales contra una persona mucho mayor.
Impugnaron el arresto
Ayer, la defensora oficial Ana Celia Gómez Morton solicitó una audiencia para apelar la decisión que días atrás había ordenado el juez Gonzalo Ortega. El magistrado había dado lugar a la prórroga de la prisión preventiva por dos meses para Cativa, pero esa decisión quedó en suspenso debido a que había una apelación de por medio.
“Rechazamos esa resolución porque no creemos que exista un verdadero peligro de fuga. El juez consideró que no había otro camino que la prisión preventiva y nosotros no compartimos esa idea”, expuso la representante del ministerio Público de la Defensa al presentar el caso.
“Antes de esto, Cativa nunca tuvo problemas con la ley penal. Él no intentó fugarse como sostiene la acusación. Lo que sí paso es que él y su pareja estaban heridos y la ambulancia no llegaba. En una situación de muchos nervios, quisieron subir a la moto para ir a un hospital. Pero al final no se fueron”, explicó. Para sostener esa postura, detalló que Cativa tenía lesiones en el rostro y que Escacena tenía traumatismo encéfalocraneano craneano y una fractura de muñeca.
“Esas cuestiones nos hacen tener otra perspectiva sobre el hecho. Cativa tiene arraigo, eso se comprobó con un socio ambiental. Tiene estudios terciarios, un hijo al que cuidar y no tiene adicciones. Además el principal testigo es el hijo de la víctima. Esa persona declarará en juicio. El acusado no puede entorpecer el proceso”, sostuvo Gómez Morton. Y agregó: “pedimos medidas de menor intensidad: que se morigene la preventiva o se ordene un arresto domiciliario”.
El auxiliar fiscal Alejandro Nader y el abogado querellante Juan Pablo Di Lella lograron rebatir ese planteo.
“La defensa está intentando introducir temas que ya se discutieron una y otra vez. Lo de las lesiones que sufrieron los acusados ya fue valorado, primero por la jueza Carmen López (quien ordenó en octubre la prisión preventiva) y luego por el juez Gonzalo Ortega (quien la prorrogó hace unos días por dos meses más)”, argumentó Nader. Además resaltó que, de la primera audiencia a la siguiente, la situación de Cativa se agravó dado que pasó de estar acusado por lesiones graves a ser imputado por homicidio. Di Lella y Nader aseveraron que Ortega había fundamentado la resolución y que lo que estaban tratando era solo una “disconformidad de la defensa”. Por último, el querellante subrayó: “hablamos de un delito con expectativa de pena no menor a 20 años de prisión”.
El juez de impugnación, Eduardo Ramón Abdo, reconoció que la discusión planteada por la defensa era admisible, pero que a pesar de ello sí habían motivos suficientes para que la preventiva siguiera vigente.